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proceso:ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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Instituciones (44)
ASAMBLEA LEGISLATIVA
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ASOCIACION CRUZ ROJA COSTARRICENSE
1
BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
1
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
2
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
1
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
1
COMISION DE FESTEJOS POPULARES SAN JOSE 2004-2005
1
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE TUCURRIQUE
2
CONSEJO DE SALUD OCUPACIONAL
1
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
1
CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISION DEL SISTEMA FINANCIERO (CONASSIF)
1
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
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CONVENIO COOPERATIVO INTERMUNICIPAL (COCIM)
1
FIDEICOMISO PARQUE RECREATIVO NACIONAL PLAYAS DE MANUEL ANTONIO
1
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
1
JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN JOSE
1
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
1
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
2
MUNICIPALIDAD DE BELEN
1
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
2
MUNICIPALIDAD DE CAÑAS
1
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
1
MUNICIPALIDAD DE ESPARZA
1
MUNICIPALIDAD DE GOLFITO
1
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE LA UNION
1
MUNICIPALIDAD DE MORA
1
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
3
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
3
MUNICIPALIDAD DE POAS
2
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
2
MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
1
MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
1
MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS
3
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
2
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
2
MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
1
MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
1
MUNICIPALIDAD DE TIBAS
1
NO APLICA
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OPERADORA DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS Y DE CAPITALIZACION LABORAL DE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL SA
1
PARTICULAR
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SINDICATO DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE GOLFITO
1
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 6796 31 de mayo, 2006 FOE-SM- 1115 Señor Gerardo Mata Araya Director Ejecutivo FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE HEREDIA Heredia Estimado señor: Asunto: Respuesta a oficios No. 56-2006 y 63-2006 de la Federación de Municipalidades de Heredia. En atención a sus oficios No. 56-2006 y 63-2006, ambos de fecha 28 de marzo de 2006, mediante los cuales solicita a esta Contraloría General improbar los presupuestos de las Municipalidades de Belén y Santo Domingo, por mantener deudas con esa Federación, se le comunica que no existe norma legal que ante el incumplimiento de los pagos por afiliación a esa Federación, obligue a esta Contraloría General de la República a proceder conforme con lo solicitado. En consecuencia, sugerimos a esa Entidad llevar a cabo una revisión de la gestión de cobro que se ha venido realizando, a efecto de que se tomen las medidas necesarias para garantizar su efectividad y se logre subsanar la situación expuesta. Atentamente, Licda. Hady Mena Bonilla Gerente de Área a.í. MEVG/LGPL/MMC/mrmv Ci: Expediente: Oficios con respuesta 2006 Archivo Central NI: 8249-8251 2005006087-4, 2005006428-6 Criterios y pronunciamientos ] ...
Fecha publicación: 08/05/2006
Fecha emisión: 05/05/2006
Documento: 06796-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Ingresos Públicos 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Ingresos Públicos Sr. Jorge Monge Rojas 5 2 de mayo, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nro 5571 2 de mayo, 2006 FOE-IP-188 Señor Jorge Monge Rojas Asesor del Ministro INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO Estimado señor: Asunto: Respuesta a oficio DM-098, sobre gastos de representación. Me refiero a su oficio DM-098, de fecha 3 de febrero de 2006, mediante el cual nos consulta si es posible cubrir, con sumas asignadas como gastos de representación, los gastos atribuibles a personeros del gobierno costarricense (diplomáticos por ejemplo) que participen de atenciones oficiales brindadas a personas o instituciones en el exterior, ajenas a esa entidad. Asimismo, refiere a aparentes discrepancias entre el Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos (Reglamento de Viáticos) y disposiciones reglamentarias internas de ese Instituto Costarricense de Turismo (ICT), señaladas por la Auditoría Interna del ICT. Nos adjunta al oficio de consulta el Memorando DM-1263-2005, mediante el que su persona planteó la misma consulta a la Auditoría General, y el Memorando AG-1663-2005, en el que la Auditoría responde dicha consulta. La Auditoría General en su análisis del caso determinó lo siguiente: · Por una parte, el artículo 49 del Reglamento de Viáticos, -emitido por esta Contraloría General-, expresamente impide el uso de gastos de representación en la atención de funcionarios, representantes o personeros del Gobierno de Costa Rica o de algún ente público costarricense, independientemente del cargo, rango o nacionalidad que éstos ostenten. · Por su parte el “Reglamento para el pago de gastos de representación el Gobierno de la República y sus Órganos Adscritos” (D.E. 32031-H del 31 de marzo de 2004), es su artículo 7, no hace tal limitación sino que simplemente señala: “El acuerdo del jerarca que autorice la sa ...
Fecha publicación: 05/05/2006
Fecha emisión: 02/05/2006
Documento: 05571-2006.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
Emite: HISTÓRICO INGRESOS PUBLICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION
Tesauro: Casos en los que corresponde el pago de gastos de representacion


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Ingresos Públicos 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Ingresos Públicos Sr. Luis Diego Argüello Cortés 2 28 de marzo, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 4426 28 de marzo, 2006 FOE-IP-138 Señor Luis Diego Argüello Cortés Dirección Jurídica INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicación del artículo 19, inciso a), del Reglamento de Viáticos. Me refiero a su oficio s/n de fecha 13 de marzo de 2006, mediante el cual solicita el criterio de esta Contraloría General en relación con la aplicación de lo dispuesto por el artículo 19 del “Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos” (Reglamento de Viáticos), sobre el reconocimiento de gastos por el servicio de hospedaje en otras localidades diferentes a las incluidas en la tabla del artículo 18, inciso d) del Reglamento de la materia. Al respecto me permito comunicarle que, para las localidades incluidas en la tabla del artículo 18, inciso d), del Reglamento de Viáticos, la suma máxima que la Administración puede reconocer por concepto de hospedaje es la que en cada caso indica la columna III de dicha tabla. Además, es importante señalar que el término localidad a que se refiere la columna II de esa tabla no corresponde necesariamente a la jurisdicción territorial administrativa de un distrito o cantón, sino más bien al área urbana que lleva el nombre ahí indicado; de manera que no debe identificarse el nombre de una localidad determinada con el área jurisdiccional administrativa del cantón o distrito que lleva ese mismo nombre. Ahora bien, en todos los demás casos; o sea en aquellos referidos a localidades no incluidas en la tabla citada, de acuerdo con el Artículo 19 de ese mismo Ordenamiento, se reconocerá por concepto de hospedaje la suma diaria que indique la respectiva factura hasta un máximo de ¢10.000,00 o, en su defecto (si el funcionario no pr ...
Fecha publicación: 31/03/2006
Fecha emisión: 28/03/2006
Institución: PARTICULAR
Emite: HISTÓRICO INGRESOS PUBLICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION
Tesauro: Monto a reconocer, Localidades no incluidas , Monto a reconocer, Reconocimiento de gastos de hospedaje, Gastos de hospedaje en lugar distinto al destino, Localidades no incluidas


División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos División De Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos FOE-EC-128 2 16 de marzo, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nº 3862 16 de marzo de 2006 FOE-EC-128 Licenciado José Miguel Corrales Bolaños Diputado Asamblea Legislativa Costado sur del Tribunal Supremo de Elecciones Edificio Daniel Oduber, tercer piso, San José Estimado señor: Asunto: Atención consulta sobre contenido del Informe Técnico del Proyecto de Ley de Presupuesto de la República 2006. Esta Contraloría General recibió el oficio Nº DDJMC-1130-2005 del 30 de noviembre de 2005, en el cual se transcriben unas citas del Informe Técnico del Proyecto de Ley de Presupuesto de la República 2006, elaborado por este órgano contralor en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, relacionadas con el porcentaje del PIB asignado al Ministerio de Educación en el 2006 (5,65), que incumple lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política, y con la metodología del presupuesto del Poder Judicial que podría atentar contra la independencia que la Constitución Política garantiza a dicho Poder. Adicionalmente, en el referido oficio se incluye una cita de lo externado por el Diputado Olman Vargas Cubero, al justificar su voto afirmativo al proyecto de Ley de Presupuesto de la República 2006, contenida en el Acta Nº 109 de la Sesión del Plenario del 19 de noviembre del 2005, en donde se destaca que se cumple con los preceptos constitucionales del 6% del PIB para la educación y 6% de los ingresos corrientes para el Poder Judicial. En vista de las diferencias entre lo señalado por este órgano contralor en el Informe Técnico del Proyecto de Ley de Presupuesto de la República para el 2006 y lo indicado por el Diputado Vargas Cubero, se con ...
Fecha publicación: 20/03/2006
Fecha emisión: 17/03/2006
Documento: 03862-2006.doc
Institución: NO APLICA
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Ingresos Públicos 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Ingresos Públicos Sra. Damaris Ruiz Rojas 5 6 de marzo, 2006 Al contestar refiérase al oficio Nro. 3245 6 de marzo, 2006 FOE-IP-101 Señora Damaris Ruiz Rojas Secretaria Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL Heredia Estimada señora: Asunto: Respuesta a la gestión de ese Concejo Municipal para que esta Contraloría General realice un estudio de los costos de operación y de inversión de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia. Me refiero a su oficio N° SCM-87-06 de fecha 10 de febrero de 2006, mediante el cual remite la transcripción del acuerdo tomado por el Concejo Municipal de esa Municipalidad, en la sesión #307-06, celebrada el lunes 06 de febrero de 2006, artículo sexto, en que se atendió el dictamen de la comisión especial para conocer la solicitud de incremento del 45% en la tarifa del servicio de acueducto que presta la Empresa de Servicios Públicos de Heredia. En dicha sesión, en virtud de que la comisión conformada al efecto determinó en reunión con diversos representantes comunales y municipales, que para el análisis se requería de un estudio a profundidad de los costos de operación y de inversión de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, y tomando en consideración que la Municipalidad no cuenta con profesionales idóneos para realizar dichos estudios y por razones de tiempo era imposible practicarlos antes del día 8 de febrero de 2006, fecha límite para presentar el alegato de oposición y las pruebas pertinentes, el Concejo Municipal de dicha Municipalidad acordó: “2. Gestionar ante la Contraloría General de la República un estudio a profundidad de los costos de operación y de inversión de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, haciendo saber a dicha institución para que efecto se requiere” Lo anterior en el marco de una convocatoria a Audiencia Pública por parte de la ARESEP recibida por ...
Fecha publicación: 20/02/2006
Fecha emisión: 17/02/2006
Documento: 03245-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: HISTÓRICO INGRESOS PUBLICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Obra Pública y Transporte División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Obra Pública y Transporte Lic. Randall Quirós Bustamante -11- 24 de noviembre,2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 15307 24 de noviembre, 2005 FOE-OP-0627 Licenciado Randall Quirós Bustamante Presidente Consejo Técnico de Aviación Civil (CETAC) Estimado señor: Asunto: Orden de reinicio de obras en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría. Con el fin de que lo haga de conocimiento del Consejo, se le indica lo siguiente: Tal y como es de conocimiento de ese Consejo, la empresa Alterra Partners Costa Rica, S.A. interpuso un proceso arbitral ad hoc en contra del Consejo Técnico de Aviación Civil que se tramitó en el Centro Latinoamericano de Arbitraje Empresarial bajo el expediente N° CLAE 0001-2005 y que se resolvió mediante laudo dictado a las quince horas del día dos de noviembre del dos mil cinco. Según se indica en el laudo arbitral, el objeto de la controversia se refería, “a la diferencia entre la actora y la demandada en la ejecución del Contrato de Gestión Interesada del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, concerniente a atrasos en el acceso irrestricto al antiguo edificio terminal; demora en la reubicación de la antigua torre de control; retraso en el acceso a las obras de remodelación y ampliación de las salas de abordaje oeste por la falta de reubicación de Coopesa y Recope; atraso en la puesta en servicio de las salas este, así como el atraso en el traslado de las tiendas del Imas; y otras acciones que obstaculizaron la ejecución de las obras, tales como la falta de pago de las obligaciones de Coopesa e Imas y el cobro de tarifas de áreas comunes en doceavos, lo que produjo un efecto negativo sobre la capacidad financiera del Gestor. Dentro de este tenor reclama la responsabilidad del CETAC por incumplimiento contractual y que se le reconozca, más allá de la ret ...
Fecha publicación: 25/11/2005
Fecha emisión: 22/11/2005
Documento: 15307-2005.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST. AREA FISC. SERV. OBRA PUB. Y TRANS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Gubernamentales Licda. Silvia Navarro Romanini -3- 2 de noviembre, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 13884 2 de noviembre, 2005 FOE-GU-389 Licenciada Silvia Navarro Romanini Secretaria General, Consejo Superior Poder Judicial Estimada señora: Asunto: Solicitud para que se reitere a los despachos judiciales del país cuales son los casos en que deben remitir a la Contraloría General de la República los mandamientos elaborados con fundamento en los artículos 77 y 78 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Mediante oficio N° 7900 (FOE-GU-389 del 16 de julio del 2001), esta Contraloría General solicitó que se indicara a los despachos judiciales del país los casos en los cuales correspondía remitir los mandamientos elaborados con fundamento en los artículos 77 y 78 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa a este órgano contralor, y en cuales debían hacerlo al Ministerio de Hacienda. Es pertinente reiterar, en lo conducente y acorde con la legislación vigente, los argumentos contenidos en el oficio remitido en esa oportunidad: “Con el propósito de hacer más efectiva la disposición del artículo 77 de la Ley de la jurisdicción contencioso – administrativa (en cuanto a la obligación de pronto pago que tiene la administración pública, cuando fuere condenada al pago de una suma líquida), el artículo 78 de la misma ley abre la posibilidad de que, a petición de parte, se expida comunicación para la Oficina de Presupuesto Nacional y la Contraloría General de República. Sin embargo, la segunda parte de este artículo es más específica y concreta, al establecer las obligaciones de las mencionadas oficinas, cuando indica que: ´...Pasados tres meses del recibo de la comunicación, dichas dependencias no cursarán o aprobarán, en su caso, ningún presupuesto o ...
Fecha publicación: 05/11/2005
Fecha emisión: 02/11/2005
Documento: 13884-2005.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos FOE-EC-497 3 28 de octubre, 2005 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Al contestar refiérase al oficio Nº 13695 28 de octubre, 2005 FOE-EC-497 Licenciado Olman Vargas Cubero Diputado ASAMBLEA LEGISLATIVA Calle 17 y 19, avenida central y primera, Edificio Sión, segundo piso, altos de la capilla, San José Estimado señor: Asunto: Procedimiento utilizado por la Contraloría General de la República para determinar el porcentaje del Producto Interno Bruto destinado a la educación estatal. En relación con su solicitud del pasado 11 de octubre, con motivo de la comparecencia de la señora Contralora General, ante la Comisión de Hacendarios de la Asamblea Legislativa, sobre el Informe Técnico del Proyecto de Presupuesto de la República del período 2006, en el sentido de contar con explicaciones sobre la determinación del porcentaje del Producto Interno Bruto que se destina a la educación estatal, efectuado por este órgano contralor, para verificar si en el Proyecto de Presupuesto se cumple con el 6% establecido en el artículo 78 de la Constitución Política, se le informa lo siguiente: a) El Ministerio de Hacienda, según información aportada por la Dirección General de Presupuesto Nacional, utiliza un procedimiento para el cálculo del porcentaje del PIB destinado a la educación estatal que consiste fundamentalmente en: establecer dos datos del PIB para el año 2006 –uno con base en el método de 1966 y el otro con el de 1991-; calcular el 6% para cada uno de esos datos; obtener la diferencia entre ellos, la cual alcanza la suma de ¢160.337,8 millones; determinar el 60% de esa suma -96.202.7 millones- porcentaje que de acuerdo con el decreto Nº28887-H debe ser aplicado en el 2006; y finalmente agregar a esa última cifra el monto del 6% del PIB calculado con el método de 1966 -¢469. ...
Fecha publicación: 31/10/2005
Fecha emisión: 28/10/2005
Documento: 13695-2005.doc
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de ... Sres. Albino Vargas y Miguel Soto -2- 20 de octubre, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 13118 20 de octubre del 2005 FOE-SM-2178 Señores Albino Vargas Barrantes Secretario General Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados Apartado Postal 5152-1000 Miguel Soto Soto Junta Directiva Seccional de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados Municipalidad de Alajuela Alajuela Estimados señores: Asunto: Consulta sobre la naturaleza de las responsabilidades económicas institucionales de la Municipalidad de Alajuela, producto de la Convención Colectiva de Trabajo. Nos referimos a su oficio S.G. 05-07-0181-05 del 10 de octubre del año en curso, recibido por este Despacho el 11 del mismo mes y año, mediante el cual consulta sobre la naturaleza de las responsabilidades de la Municipalidad de Alajuela, producto de la Convención Colectiva de Trabajo, en razón de que en el formulario establecido por esta Oficina, en la parte relativa a si en el presupuesto se considera contenido económico para la aplicación de esa Convención, aparece marcada la columna “N/A”. Sobre el particular, les comunicamos lo siguiente: 1. El requisito al que se refieren en su nota corresponde al aparte C-4 punto 5 de la “Guía interna de verificación del requisitos del bloque de legalidad que deben cumplir en la formulación del proyecto de presupuesto ordinario de las municipalidades y otras entidades de carácter municipal sujetas a la aprobación presupuestaria de la Contraloría General de la República”, el cual señala lo siguiente: “En el presupuesto se considera contenido económico para la aplicación de la convención colectiva” y las opciones de respuesta son: “Si”, “No” o “N/A”. 2. La guía antes indicada es de uso interno, por lo que no debe ser remitida a este Órgano Contralor. Tiene el objet ...
Fecha publicación: 21/10/2005
Fecha emisión: 18/10/2005
Documento: 13118-2005.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos FOE-EC-414 3 30 de setiembre, 2005 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios de Educación, Culturales y Deportivos Al contestar refiérase al oficio Nº 12241 30 de setiembre, 2005 FOE-EC-414 Máster William H. Kelly Picado Auditor Interno MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES Antigua Fabrica Nacional de Licores, San José Estimado señor: Asunto: Consulta sobre aplicación de artículos 39 y 41 de la Ley General de Control Interno. Esta Contraloría General recibió el oficio A.I.-154-04 de fecha 4 de agosto del 2004, adicionado por el oficio AI-247 del 11 de noviembre del mismo año, en el que se plantean varios interrogantes relacionados con la aplicación del artículo 39 de la Ley General de Control Interno y con la recomendación del órgano colegiado en los procedimientos administrativos. Seguidamente se atienden las interrogantes en el orden en que se plantearon. ¿En qué casos debe aplicarse el artículo 39 de la Ley General de Control Interno, Ley 8292 y cuál es su alcance? ] ...
Fecha publicación: 15/09/2005
Fecha emisión: 12/09/2005
Documento: 12241-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
Emite: HIST. SERVI. EDUCACION CULT. Y DEPORT.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS INTERNOS Y EXTERNOS DE INFORMACION
Tesauro: Causales de responsabilidad administrativa